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Propiedad Horizontal: ¿Qué son las partes propias?
Son partes propias:
Cada uno de los departamentos o pisos son de propiedad de su dueño.
También pueden ser propios, si constan en la escritura, locales, oficinas, bauleras y cocheras.
¿Qué son las partes comunes?
El resto del edificio que no es de propiedad exclusiva. Por ejemplo:
- Hall de entrada.
- Escaleras.
- Pasillos.
- Ascensores.
- Vivienda del encargado.
- Terraza.
- Sótano.
- Salón de usos múltiples
- Pileta
- La terraza o el sótano
¿pueden pertenecer exclusivamente a alguno de los propietarios?
Sí. Pero tiene que haber acuerdo del consorcio de propietarios. En este caso, serían partes comunes de uso exclusivo.
Para más información comunicate por Messenger o Whatsapp al (0291) 15 4441617. Berutti 617, Bahía Blanca.
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