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Obligación de dar alimentos. ¿Quiénes pueden reclamar alimentos?

Obligación de dar alimentos. ¿Quiénes pueden reclamar alimentos?
  • Los hijos a los padres.
  • Uno de los cónyuges al otro.
  • Algunos parientes entre sí. Por ejemplo un nieto a un abuelo, un abuelo a un nieto, los padres a los hijos, etc. 


Para más información comunicate por messenger o por whatsapp al (0291) 15 4441617. Berutti 617, Bahía Blanca


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